JURÍDICO/LEGAL

JURÍDICO/LEGAL


El denominado “Compliance” adquiere relevancia en España gracias a la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo que supone una ruptura con el principio societas delinquere non potest.

El riesgo de Compliance se puede definir como el que tiene una empresa de sufrir sanciones, multas, pérdidas financieras o pérdida de su reputación como resultado de incumplimientos de las leyes, normativas, normas internas o códigos éticos que se apliquen a su actividad.

El pasado 1 de julio 2015 entró en vigor la última reforma del Código Penal que, entre otras novedades, ha venido a incidir en el régimen de responsabilidad penal de todas las empresas, incluidas las PYMES. El legislador obliga a la empresa a contar con un sistema de vigilancia y control (“compliance”).

La Ley ha establecido, no obstante, una posibilidad de exención de responsabilidad cuando el órgano de administración acredite que ha implantado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o, bien, reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.

Se trata, con carácter general, de un modelo amplio de gestión de cumplimiento que abarca no sólo los riesgos penales, sino también otras normativas, políticas internas, códigos éticos, y compromisos contractuales.

Además desde la entrada en vigor de la nueva normativa Europea de protección de datos RGOP, existirá la figura física como inspector para el cumplimiento de las leyes, para poder sancionar y multar a las empresas, pymes y profesionales del sector que deban de estar adaptados por ley.

Servicios de COMPLIANCE

El responsable de Compliance ejerce sus funciones a través de las siguientes actividades:

Evaluación y medición del riesgo de Compliance.

Supervisión (monitorización) de las actividades llevadas a cabo en la empresa para evaluar el entorno de control, elaboración de protocolos de actuación, códigos éticos, y resto de medidas necesarias para exonerar la responsabilidad penal y promover el cumplimiento normativo y ético empresarial.
Realización de recomendaciones y seguimiento de las medidas correctoras propuestas.
Formación de empleados y directivos.
Información a la alta dirección sobre los riesgos y las deficiencias identificadas.
Propuesta de soluciones para la correcta gestión de la organización (empresa, pyme).

 

Servicios JURÍDICO/LEGAL

 

Realizamos adaptaciones completas a las Normativas de obligado cumplimiento en función de las obligaciones del sujeto obligado. Así mismo, realizamos Auditorías y actualizaciones periódicas en función de las necesidades y exigencias de la Ley, para cualquier grado de sujeción a las mismas, por parte del sujeto del Derecho.

 

Pueden obtener más información en los reales decreto ley siguientes:

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. LOPD
Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. LSSI y CE
Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. PBC

 

Translate »