ITE Inspección Técnica de edificios
Es una Inspección Técnica periódica de los edificios para determinar su estado de conservación, condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad.
La Normativa Estatal, marca que deberá pasar la ITE, los edificios de más de 50 años para municipios de más de 25.000 habitantes. Aunque en ciudades como Málaga capital, exigen para todos los edificios de más de 20 años de antigüedad y/o protegidos, situados dentro del término municipal de Málaga, cualquiera que sea su uso y titularidad. Lo que quiere decir que cada ayuntamiento en sus ordenanzas municipales puede establecer las exigencias que crea convenientes dentro de la normativa estatal, la cual da mucha amplitud de maniobra.
Esta normativa obliga al propietario (personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios. Pueden realizarlas también, en caso de incumplimiento de los anteriores, cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación (usufructuario, entidades hipotecarias, etc.
Una vez realizada la ITE de un edificio, puede resultar de dos formas:
- Favorable: El ayuntamiento correspondiente notificará al propietario el cumplimiento de la realización de la ITE, su carácter favorable y la fecha en que deberá realizar la siguiente inspección.
- Desfavorable: El propietario deberá presentarla igualmente en el ayuntamiento, junto con el compromiso de ejecución de las obras que corresponda realizar para garantizar el correcto mantenimiento de la finca.
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